- Renta Estas son las novedades de la declaración de la renta 2025
- Renta Cómo desgravar los seguros de la casa, el coche o salud en la declaración de la Renta 2024
- Renta Declaración Renta 2024: ¿En qué comunidades autónomas puedes desgravarte el gimnasio?
Desde el pasado 2 de abril se puede presentar la declaración de la Renta 2024-2025 para los contribuyentes que en España superen los 22.000 euros de ingresos brutos anuales. Pero, ¿qué sucede con los hijos que viven y trabajan desde casa? ¿Se deben incorporar sus ingresos al modelo 100 del IRPF familiar?
Unos de los apartados a tener en cuenta es la edad de los hijos a cargo tanto si son menores como si superan los 25 años, edad máxima para incluirlos en el documento. También si obtuvieron algún tipo de renta superior a los 8.000 euros en el último año.
A partir de ahí, se optará por realizar una declaración de la Renta en conjunto con un progenitor o de forma individual.
Casos en los se pueden incluir en la Renta familiar a los hijos con ingresos
A continuación los casos en los que se puede incluir a un hijo mayor de edad en la Declaración de la Renta familiar:
- Que el hijo conviva con los progenitores.
- Que dependa económicamente de ellos.
- Que tenga menos de 25 años, salvo los hijos con un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
- Que no tenga rentas superiores a 8.000 euros.
- Que el descendiente no haya presentado el IRPF por su cuenta con rentas superiores a 1.800 euros.
Claves en la declaración del IRPF de los hijos
Según la Agencia Tributaria, esta información se deberá incluir en el apartado "Hijos integrantes de la unidad familiar que no hayan percibido rentas y otros descendientes con derecho al mínimo por tal concepto" se podrá relacionar:
- Hijos integrantes de la unidad familiar que no hayan obtenido rentas. Si para alguno de los hijos que integran su unidad familiar se le olvidó reflejar (de acuerdo con lo recogido en el 5.2.1) que tenían rentas, deberá iniciar una nueva declaración para recoger esa situación en el apartado correspondiente. De igual forma se procedería si no hubiese relacionado a algún hijo con rentas que forme parte de su unidad familiar.
- Los hijos que no formen parte de la unidad familiar, los hijos con edades comprendidas entre los 18 y 24 años o de 25 o más años que sean personas con discapacidad, los descendientes distintos de los hijos y las personas en acogimiento o tutela (o de las que se tenga la guarda y custodia por resolución judicial) menores de 25 años o mayores de esa edad con discapacidad que no tengan rentas, excluidas las exentas, superiores a 8.000 euros o que no presenten declaración con rentas superiores a 1.800 euros. Ejemplo: guarda y custodia compartida de un hijo de 15 años con rentas superiores a 8.000 euros, el progenitor que no forma unidad familiar con el hijo no lo incluirá en su declaración. Si ese mismo hijo tuviera rentas de 500 euros, de no haberlo incluido, lo podrá relacionar en este apartado.
Las claves de vinculación, discapacidad, y otras situaciones se emplearán en los términos recogidos en los apartados anteriores.